miércoles, 3 de julio de 2013

NUEVA REGULACION DE TELECOMUNICACIONES EN ARGENTINA


Las claves de la nueva regulación de telecomunicaciones


En el día de ayer, el gobierno nacional presentó el nuevo Reglamento de Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones. Tal como lo anunciará el ministro de Planificación, Julio De Vido, y el secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, esta nueva reglamentación se enfoca en la calidad del servicio que prestan las empresas tanto de telefonía móvil y fija como para las que brinden conexión a Internet.



Entre algunos de los principales puntos que detalla la nueva norma se destacan los nuevos indicadores de calidad del servicio, normas de atención al cliente e impone infracciones para las empresas en caso de que no se cumpla con este reglamento. A continuación algunos puntos destacados de la normativa:

- Según sostiene la Resolución n° 5 , que aprueba el nuevo reglamento, la misma comenzó a regir a partir desde su publicación en el Boletín Oficial el 2 de julio y obliga a la Comisión Nacional de Comunicaciones a "a adoptar las medidas necesarias para la elaboración de los procedimientos de auditoría y verificación técnica necesarios para la implementación del Reglamento (..) dentro del plazo de NOVENTA (90) días contados desde la publicación de la presente resolución".

- El artículo 2 sostiene que las empresas deberán garantizar a los usuarios acceso que "de ningún modo distinga, bloquee, interfiera, discrimine, entorpezca, degrade o restrinja arbitrariamente la recepción o el envío de información".

- La reglamentación obliga a los proveedores a brindar los datos correspondientes a los nuevos indicadores publicados en la reglamentación, los mismos hacen foco en la cantida de reclamos de usuarios, cantidad de reiteración de reclamos, respuesta del operador al usuario, demoras en el pedido del servicio solicitado, el tráfico de las redes móviles y fijas.

- Los prestadores deberán implementar un sistema de medición de calidad del servicio y debe ser desarrollado de manera que la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) pueda hacer uso de esos datos. Por otra parte, las empresa también deberán proveer el libre acceso a sus redes e información, ya que desde el CNC se podrá implementar un sistema de medición. Se aclara que "la implementación deberá efectuarse en concordancia con las normas de protección de datos personales, respetando la operatividad de los sistemas".

- Las empresas deberán tener disponibles vías de atención al cliente gratuitas las 24 horas, tanto a través de oficinas o telefónicamente, en donde siempre debe haber un operador humano por menú de opciones habilitado. Por otra parte, la normativa sostiene que las gestiones que no puedan realizarse por canales habilitados de atención al usuario y sean responsabilidad del proveedor no podrán causar "gastos extraordinarios al usuario".

- La presentación de los índices e indicadores serán presentados según se indique en los procedimientos de auditoría y control que debe definir la CNC en los próximos 90 días. Por otra parte, estos deberán ser publicados en el sitio web de los prestadores, según sostiene la normativa. El vínculo a esta página debe estar en la "página inicial" de la empresa. Los resultados también podrán estar disponibles en el sitio del CNC.

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